Ante la proliferación de información errónea en redes sociales y en manos de inescrupulosos que estarían engañando a familias vulnerables con promesas falsas de vivienda, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio reiteró la reglamentación oficial para acceder al Subsidio Familiar de Vivienda bajo esquemas de autogestión comunitaria. La normativa fue establecida a través del …
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¡No se deje engañar! Esta es la forma para acceder legalmente a subsidios de vivienda por autogestión comunitaria

Ante la proliferación de información errónea en redes sociales y en manos de inescrupulosos que estarían engañando a familias vulnerables con promesas falsas de vivienda, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio reiteró la reglamentación oficial para acceder al Subsidio Familiar de Vivienda bajo esquemas de autogestión comunitaria.
La normativa fue establecida a través del Decreto 0585 de 2025, que regula los subsidios destinados a la construcción de Vivienda de Interés Social (VIS) en modalidades de autoconstrucción y construcción delegada. Estos subsidios están diseñados para hogares de bajos ingresos que estén organizados en estructuras comunitarias legalmente constituidas, como Juntas de Acción Comunal, cooperativas de vivienda, cabildos indígenas o consejos comunitarios.
¿Quiénes pueden postularse?
Los beneficiarios deben cumplir con estos requisitos:
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Estar clasificados en el Sisbén IV.
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No haber sido beneficiarios previos de subsidios de vivienda (con algunas excepciones).
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Ser propietarios, poseedores legales o reconocidos del predio donde se desarrollará el proyecto.
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Estar organizados en una entidad comunitaria formal, que agrupe mínimo 10 hogares.
En casos donde no haya organizaciones constituidas o interesadas, las entidades territoriales podrán facilitar el proceso, siempre que las familias se comprometan a formalizar su agrupación y asumir el desarrollo comunitario del proyecto.
¿Subsidios de cuánto?
El monto base del subsidio es de hasta 70 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV), con la posibilidad de adicionar 20 SMMLV más si el proyecto se desarrolla en zonas de difícil acceso.
El dinero no será entregado directamente a los hogares, sino por etapas y según el avance del proyecto, gestionado por un operador contratado por Fonvivienda, quien además brindará asistencia técnica integral a la comunidad beneficiada.
Modalidades de desarrollo del proyecto
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Autoconstrucción: La organización comunitaria ejecuta la obra con participación directa de sus miembros, quienes aportan mano de obra con acompañamiento técnico de Fonvivienda.
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Construcción delegada: La comunidad contrata firmas o profesionales que se encargan del diseño y ejecución del proyecto. Esta modalidad permite incluso desarrollos multifamiliares.
Requisitos de los predios
Los terrenos deben:
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Tener propiedad o posesión legal.
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Estar libres de litigios.
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Cumplir con condiciones de habitabilidad y seguridad.
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Estar ubicados en zonas urbanizables o aptas para servicios públicos.
Todos los proyectos deben contar con licencia de construcción y urbanismo, además de ajustarse a lo establecido en los Planes de Ordenamiento Territorial (POT). Si hay afectaciones ambientales, será necesaria autorización de las entidades competentes como la CAR o la ANLA.
Llamado a la ciudadanía
El Ministerio hizo un llamado a las comunidades a no dejarse engañar por tramitadores no autorizados y recordó que toda gestión debe realizarse directamente a través de las organizaciones comunitarias y ante entidades oficiales.
Más información sobre este programa puede consultarse en las plataformas oficiales del Ministerio de Vivienda y Fonvivienda.
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