Nueva jornada escolar en Colombia: ¿beneficio o reto para los estudiantes?

El Gobierno Nacional implementó modificaciones en la jornada escolar de los establecimientos educativos del país con la expedición del Decreto 0277 de 2025. La nueva normativa ajusta la distribución del tiempo en las aulas, establece la permanencia docente y reglamenta el denominado descanso pedagógico, una medida diseñada para garantizar el bienestar estudiantil sin alterar la …
El cargo Nueva jornada escolar en Colombia: ¿beneficio o reto para los estudiantes? apareció primero en Chicanoticias Noticias Líder en Montería, Córdoba y Colombia.

El Gobierno Nacional implementó modificaciones en la jornada escolar de los establecimientos educativos del país con la expedición del Decreto 0277 de 2025. La nueva normativa ajusta la distribución del tiempo en las aulas, establece la permanencia docente y reglamenta el denominado descanso pedagógico, una medida diseñada para garantizar el bienestar estudiantil sin alterar la carga horaria.

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El decreto otorga a los rectores y directores de instituciones la responsabilidad de definir el horario escolar al inicio de cada año lectivo, en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el plan de estudios y las normas vigentes. No obstante, se mantiene el cumplimiento de las 40 semanas lectivas estipuladas en la Ley 115 de 1994 y en los calendarios académicos de cada entidad territorial certificada.

Con la nueva reglamentación, se establecen las siguientes intensidades horarias mínimas según el nivel educativo:

Educación básica primaria: 25 horas semanales y 1.000 horas anuales.
Básica secundaria y media académica: 30 horas semanales y 1.200 horas anuales.
Media técnica: 37 horas semanales y 1.480 horas anuales.
En los establecimientos con doble jornada, los docentes deberán cumplir seis horas continuas de permanencia en la mañana o en la tarde, sin afectar la estructura académica.

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Uno de los cambios más relevantes es la incorporación del descanso pedagógico dentro del horario escolar. La medida busca generar un espacio de bienestar para los estudiantes sin reducir la intensidad horaria. Para ello, se destinarán cinco minutos de cada período de 60 minutos dentro de la asignación académica.

En cuanto a la jornada laboral de los docentes, la normativa establece la siguiente carga académica según el nivel educativo:

Preescolar: 20 horas semanales de asignación académica.
Básica primaria: 22 horas semanales.
Secundaria y media: 22 horas semanales.

Los maestros de educación preescolar y primaria podrán contar con una reducción en su asignación horaria si la institución lo considera necesario para fortalecer los procesos de enseñanza.

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Por su parte, la jornada laboral de los docentes en instituciones estatales será de ocho horas diarias, de las cuales seis serán de permanencia en la institución y las dos restantes estarán destinadas a actividades propias del cargo. Para los docentes orientadores y de apoyo pedagógico, este tiempo adicional se enfocará en la planeación institucional.

En el caso de los directivos docentes, rectores y coordinadores, la normativa establece que su jornada laboral de ocho horas diarias deberá distribuirse entre las distintas sedes de sus instituciones para garantizar el cumplimiento de sus funciones sin afectar el servicio educativo.

El Decreto 0277 de 2025 entrará en vigencia tras su publicación y su aplicación será obligatoria en todos los establecimientos educativos estatales del país.

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