Corte Constitucional revocó intervención de EPS Sanitas por vulnerar debido proceso

a Corte ordenó remitir el expediente a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 para evaluar la conformidad de las actuaciones de Supersalud.
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La Corte Constitucional dejó sin efectos la intervención administrativa ordenada por la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) a la EPS Sanitas, tras determinar que esta medida vulneró el derecho fundamental al debido proceso de las entidades involucradas.

La decisión, adoptada por mayoría mediante la Sentencia SU-277 de 2025 con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés González, revocó expresamente las sentencias previas de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Superior de Bogotá que habían declarado improcedente la tutela presentada por Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S., Keralty S.A.S. y otras entidades del grupo.

El alto tribunal anuló tres resoluciones clave de la Supersalud: la que ordenó la toma de posesión inmediata de Sanitas por un año (abril 2024), su corrección formal y la prórroga por un año adicional emitida en abril de 2025. La Corte consideró que estas decisiones no garantizaron los principios de contradicción, defensa y legalidad.

Como parte de las medidas adoptadas, la Corte ordenó remitir el expediente a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 para evaluar la conformidad de las actuaciones de Supersalud con los estándares constitucionales establecidos para el sector salud.

La sentencia fue adoptada por mayoría con salvamento de voto del magistrado Vladimir Fernández Andrade.

  


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