Niegan prisión domiciliaria a Epa Colombia al no poder demostrar que es madre cabeza de familia

Contra esta determinación proceden los recursos de reposición y apelación, por lo que la defensa podría impugnar la decisión

El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá resolvió negar la solicitud de prisión domiciliaria presentada por la defensa de Daneidy Barrera Rojas, quien cumple condena en el establecimiento penitenciario “El Buen Pastor”.

La jueza Ginna Lorena Coral Alvarado emitió la decisión tras analizar la petición de sustitución de la pena de prisión por domiciliaria bajo el argumento de ser madre cabeza de familia. Sin embargo, el despacho determinó que la condenada no logró demostrar que cumple con los requisitos legales para acceder a este beneficio.

Según el fallo, la decisión se tomó después de revisar las pruebas aportadas y evaluar si efectivamente Barrera Rojas ostenta la condición de madre cabeza de familia en los términos establecidos por la ley. Al no encontrar elementos suficientes que sustentaran esta calidad, el juzgado resolvió de manera desfavorable la petición incoada por su defensor.

Contra esta determinación proceden los recursos de reposición y apelación, por lo que la defensa podría impugnar la decisión si considera que existen elementos adicionales para demostrar la condición alegada.

  


¿Tienes historias sobre Montería?

Comparte tus experiencias o perspectivas únicas en forma de historias y forma parte de nuestra narrativa, únete a nuestro equipo de creadores de contenido y contribuye a dar forma nuestra cultura raizal.