La Sala Penal ratificó la sentencia contra Sergio Andrés Pastor, alias 19, por delitos cometidos durante el Paro Nacional de 2021
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Tribunal confirma condena de 12 años contra líder de primera línea por tortura en Portal Américas

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena de 12 años, siete meses y 14 días de prisión contra Sergio Andrés Pastor, conocido como alias 19, quien lideró la primera línea en el Portal Américas durante las manifestaciones del Paro Nacional de 2021.
El fallo de segunda instancia ratificó que Pastor ordenó la retención y tortura de Luis Miguel Jaramillo, a quien el grupo señaló como infiltrado policial. Los magistrados encontraron evidencia documental y testimonial suficiente para sostener la condena por los delitos de tortura y concierto para delinquir.
Según el expediente judicial, los condenados trasladaron a Jaramillo hasta el campamento ubicado en el parque del Portal Américas, donde le sustrajeron todas sus pertenencias. Durante dos horas, la víctima sufrió torturas físicas y psicológicas que incluyeron golpes con palos y maderas, punciones con arma blanca, y amenazas de muerte.
Los agresores cubrieron a Jaramillo con pintura y lo rociaron con gasolina mientras lo amenazaban con quemarlo vivo. El objetivo era obtener información sobre la Policía Nacional y el paradero de una persona cuya identidad nunca se estableció durante el proceso judicial.
La decisión judicial también cobija a Marcela Ivone Rodríguez Parra, Johann Steven Sainea Rubio y Fernando Urrea Martínez, quienes participaron en los hechos como integrantes de la primera línea del Portal Américas.
El Tribunal rechazó los argumentos de la defensa durante el recurso de apelación, al considerar que no presentaron sustento probatorio contundente para desvirtuar las pruebas de la Fiscalía. Los magistrados destacaron que estos actos “desbordaron y desnaturalizaron el fin de la protesta social” al imponerse violentamente contra una persona vulnerable y ajena a los acontecimientos.
La sentencia establece un precedente importante sobre los límites del derecho a la protesta, diferenciando entre manifestación legítima y actos violentos que vulneran los derechos fundamentales de terceros.
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