Tribunal Administrativo de Caldas avala transmisión televisiva de consejos de ministros

El Tribunal Administrativo de Caldas ha declarado improcedente una acción de cumplimiento que buscaba prohibir la transmisión televisiva de los consejos de ministros liderados por el presidente Gustavo Petro. La demanda, interpuesta por el abogado Armando Ramírez Olarte, argumentaba que estas emisiones violaban la confidencialidad establecida en el artículo 9 de la Ley 63 de
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El Tribunal Administrativo de Caldas ha declarado improcedente una acción de cumplimiento que buscaba prohibir la transmisión televisiva de los consejos de ministros liderados por el presidente Gustavo Petro.

La demanda, interpuesta por el abogado Armando Ramírez Olarte, argumentaba que estas emisiones violaban la confidencialidad establecida en el artículo 9 de la Ley 63 de 1923 .

El fallo del tribunal señala que, aunque los consejos de ministros tienen un carácter reservado, no se demuestra que las transmisiones realizadas, especialmente la del 4 de febrero, tuvieran como finalidad divulgar información confidencial. Se indicó que dichas emisiones tenían el propósito de informar a la ciudadanía sobre los temas discutidos y las acciones emprendidas por el Gobierno Nacional para abordar problemáticas del país.

El ministro del Interior, Armando Benedetti, confirmó la decisión judicial a través de su cuenta en X, afirmando: «Los consejos de ministros sí pueden ser televisados».

Este fallo respalda la postura del Gobierno de promover la transparencia y mantener informada a la ciudadanía sobre las deliberaciones y decisiones tomadas en el ámbito gubernamental.

  


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