Recientemente, el Ministerio de Educación Nacional sancionó el Decreto número 0391 de 2025; a través del cual, establece los elementos mínimos para el diseño e implementación de los planes de formalización laboral en las instituciones de educación superior estatales. Es importante precisar que el espíritu del decreto en mención, consiste en que las instituciones de …
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Decreto 0391 de Formalización Laboral en las I.E.S. Públicas

Recientemente, el Ministerio de Educación Nacional sancionó el Decreto número 0391 de 2025; a través del cual, establece los elementos mínimos para el diseño e implementación de los planes de formalización laboral en las instituciones de educación superior estatales. Es importante precisar que el espíritu del decreto en mención, consiste en que las instituciones de educación superior públicas del país construyan los planes de formalización laboral, acorde con las necesidades y requerimientos que existan; o sea, construir estos planes para cuantificar sus costos financieros, que deberán ser asumidos por el Gobierno nacional.
Frente al mencionado decreto, desde el Sistema Universitario Estatal SUE, expresamos la posición y observaciones nuestras: El SUE planteó desde el año 2012 un cambio en el porcentaje de los tipos de vinculación de docentes y administrativos; por consiguiente, propuso como meta, que la composición de las plantas docentes alcance el 70 %, 10% ocasional y 20% cátedra; en cuanto a la estructura administrativa planteó la necesidad de contar con personal de planta y, bajo una relación óptima de funcionarios frente al número de estudiantes. Actualmente, la estructura de planta docente está compuesta por 31,3 % planta, 27,1 % ocasionales y 41,6 % cátedra; en este sentido, alcanzar la meta del 70 % de profesores de planta tiene un costo aproximado de 2,9 billones de pesos adicionales a la base presupuestal.
Recordemos que, la transferencia de la Nación a las Universidades Públicas establecida en el Artículo 86 de la Ley 30 de 1992, no contempló recursos adicionales para atender el crecimiento de las Universidades.
Por ello, la principal observación efectuada por el SUE, alrededor del Decreto 0391; aunque comparte el propósito de fortalecer la planta docente y administrativa de las universidades públicas; aquí, es necesario indicar que, carece de fundamento legal y presupuestal, en atención a lo señalado en el literal a) del Artículo 2.5.4.5.5. “Fuentes de financiación” hacen parte del acuerdo nacional, donde asignaron recursos puntuales a la base presupuestal de las Universidades, para atender los déficits de cada vigencia fiscal; lo anterior, es resultado del sistema salarial y prestacional docente y el incremento salarial efectuado por el Gobierno Nacional; en consecuencia, resulta contrario a la lógica presupuestal, pretender financiar los planes de formalización laboral con recursos asignados en vigencias anteriores; con los cuales, estamos atendiendo el déficit salarial recurrente; por consiguiente, asumir nueva obligación de carácter salarial y prestacional creciente, sin haber efectuado la reforma a los Artículos 86 y 87 de la Ley 30, perpetuaría el desfinanciamiento estructural de la universidad pública.
El Decreto 0391, contiene imprecisiones como la mencionada en el Artículo 2.5.4.5.5. Donde las IES públicas deberán disponer de recursos financieros necesarios para la implementación total o gradual de los Planes de Formalización Laboral, considerando las diferentes fuentes de recursos que constituyen los presupuestos, y menciona los Recursos Propios, los cuales son una fuente de recursos incierta, que depende de la demanda o venta de servicios que no puede entrar a financiar plantas docentes ni administrativas, pero que al estar allí incluida puede generar interpretaciones, presiones y conflictos al interior de las Universidades.
Por las razones mencionadas, el Decreto 0391, no resuelve la precarización laboral en las Universidades Públicas; sino que, por el contrario, la profundiza, constituyéndose en una norma adicional sin financiación que ahonda la crisis financiera de las Universidades Públicas, en contravía con la autonomía universitaria.
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