Presidente no podrá interrumpir programación de canales privados para transmitir consejos de ministros

El fallo establece que solo los canales oficiales de televisión nacional podrán transmitir estos contenidos

El Consejo de Estado emitió una sentencia que ampara el derecho fundamental a la información de una ciudadana, al ordenar que los consejos de ministros no podrán ser transmitidos simultáneamente en todos los canales de televisión abierta del país.

La decisión surge tras la acción de tutela presentada por María Cristina Cuéllar Cárdenas, quien argumentó que su derecho a la información fue vulnerado cuando, al intentar ver televisión después de su jornada laboral, encontró que todos los canales transmitían únicamente el consejo de ministros presidido por el jefe de Estado.

La Subsección B de la Sección Tercera, con ponencia del magistrado Alberto Montaña Plata, determinó que estas transmisiones simultáneas atentan contra el pluralismo informativo y la libertad de no informarse, al eliminar la posibilidad de elegir contenidos alternativos.

“El derecho a la información constituye una garantía en doble vía, que protege tanto a quien emite como a quien recibe, y supone un acceso plural a fuentes diversas”, señala la sentencia.

El fallo establece que solo los canales oficiales de televisión nacional (Señal Colombia y Canal Institucional) podrán transmitir estos contenidos, mientras que los canales privados, el Canal Uno y los medios locales, regionales y comunitarios quedarán excluidos de esta obligación.

La decisión busca proteger el equilibrio informativo en el país y garantizar que los ciudadanos tengan opciones diversas en la programación televisiva, incluso cuando el gobierno desee comunicar sus actividades.

  


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