“Se usaron argumentos vagos e imprecisos”, claves de la tutela que dejó en libertad a Uribe

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá ordenó el pasado martes 19 de agosto de 2025 la libertad inmediata del expresidente Álvaro Uribe Vélez, al considerar que la decisión de la jueza 44 Penal del Circuito, Sandra Liliana Heredia, que había impuesto medida de aseguramiento domiciliaria, estuvo mal fundamentada. Los magistrados cuestionaron que la …
El cargo “Se usaron argumentos vagos e imprecisos”, claves de la tutela que dejó en libertad a Uribe apareció primero en Chicanoticias Noticias Líder en Montería, Córdoba y Colombia.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá ordenó el pasado martes 19 de agosto de 2025 la libertad inmediata del expresidente Álvaro Uribe Vélez, al considerar que la decisión de la jueza 44 Penal del Circuito, Sandra Liliana Heredia, que había impuesto medida de aseguramiento domiciliaria, estuvo mal fundamentada.

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Los magistrados cuestionaron que la funcionaria sustentara la captura en argumentos “vagos, indeterminados e imprecisos”, como la percepción ciudadana o el efecto ejemplarizante, criterios que calificaron de desatinados y contrarios a principios básicos como la presunción de inocencia, la proporcionalidad y la igualdad ante la ley. Según el fallo, la jueza terminó convirtiendo la medida en un castigo anticipado.

El tribunal también reprochó que se usara la notoriedad política del exmandatario como criterio para mantenerlo privado de la libertad. Recordó que el ordenamiento jurídico colombiano prohíbe el “derecho penal de autor”, es decir, sancionar a una persona por su condición, imagen o ideas, y no por hechos concretos y probados.

De igual forma, descartó el argumento del supuesto riesgo de fuga, pues no se presentó ninguna prueba que lo sustentara. Por el contrario, destacó que Uribe siempre compareció a las diligencias judiciales, no incumplió citaciones, no tiene antecedentes penales y ya no existe riesgo de manipulación probatoria porque la etapa de pruebas está cerrada.

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La decisión no elimina la condena en primera instancia, pero sí establece un precedente sobre los límites que deben observar los jueces al restringir la libertad. Para el Tribunal Superior de Bogotá, la detención preventiva solo puede basarse en hechos verificables y no en percepciones o temores. En consecuencia, dejó sin efecto la medida de aseguramiento y dispuso la libertad inmediata de Álvaro Uribe, que se mantendrá hasta que el mismo tribunal resuelva de fondo la apelación contra la condena de 12 años.

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